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viernes, 30 de octubre de 2015cermi.es semanal Nº 187

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Aquí nos discriminan

El CERMI denuncia ante la ONU la discriminación de los policías catalanes con discapacidad

26/10/2015

El CERMI ha denunciado ante el Comité de Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas la discriminación que sufren determinados policías catalanes que adquieren una discapacidad cuando reclaman que se les reasigne otro puesto policial con diferentes funciones compatibles con su nueva situación.

En concreto, la queja parte del caso de Vicenç Flores Calero, funcionario de la Guardia Urbana del Ayuntamiento de Barcelona, que en 2009 sufrió un accidente laboral que le ocasionó una discapacidad, por la que le fue reconocida una situación de incapacidad permanente total laboral para el desempeño de su profesión. Pidió pasar a segunda actividad, pero la solicitud le fue denegada judicial y administrativamente al afectado.
 
Este tipo de situaciones discriminatorias se sustentan en una Ordenanza Municipal de Barcelona que excluye el pase a segunda actividad a quienes hayan sido declarados en situación de incapacidad laboral permanente y que sirve para justificar la resolución del Ayuntamiento de Barcelona y del Tribunal Superior de Justicia. Además, la Ley catalana 16/1991 de 10 de julio de policías locales establece que cada ayuntamiento podrá regular este aspecto, pese a que la normativa local tiene un rango inferior a la legislación estatal o autonómica.
 
En cambio, otros cuerpos como los bomberos de la Generalitat, sí tienen reconocido el pase a esta segunda actividad en el caso de incapacidad permanente total, aunque se limita para la situación de incapacidad permanente absoluta para todo trabajo y gran invalidez. Este derecho está garantizado también para todos los policías en territorios como la Comunidad Valenciana.
 
Asimismo, el escrito de denuncia recuerda otros casos similares al de Vicenç Flores que se han registrado en Figueres, Hospitalet de Llobregat y Granollers, amén de un mozo de escuadra (policía autonómico catalán) al que se le denegó también el pase a segunda actividad justificada por incapacidad permanente.
 
Todo ello evidencia que se está produciendo una situación de desprotección de los policías locales que adquieren una discapacidad, que ven vulnerados sus derechos como personas con discapacidad a no ser excluidos ni discriminados por este motivo en su permanencia en la actividad laboral, debiendo realizar las administraciones los ajustes razonables para permitir esta continuidad.
 
Ante esta situación, el CERMI denuncia ante el Comité de Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, con sede en Ginebra, Suiza, que se están conculcando los derechos fundamentales de estas personas, tales como la dignidad y la igualdad, además de varios artículos de la Constitución Española y la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que España ha ratificado y que por consiguiente es de obligado cumplimiento en el conjunto del territorio, incluida Catalunya y sus poderes autonómicos y locales.
 
Dicha Convención recoge el derecho de todas las personas al trabajo en igualdad de condiciones, por lo que es necesaria la accesibilidad de los puestos de trabajo, para que no se produzca ningún tipo de discriminación por razón de discapacidad.
 
El CERMI acude al Comité de la ONU elevando esta queja contra España por no haber dado una solución satisfactoria a las legítimas peticiones de estos agentes policiales, pues la Convención de la ONU y su Protocolo facultativo prevén la posibilidad de plantear quejas individuales cuando los Estados hayan incumplido los preceptos del tratado internacional.
 
Por último, el CERMI pide a la ONU que recomiende a España que reconozca la obligación de permitir el pase a segunda actividad a los trabajadores que adquieran una discapacidad, y que se derogue la legislación que ampara este tipo de situaciones discriminatorias.
 
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